11. El año cincuenta será para vosotros año de liberación, y en él no sembraréis, ni segaréis el trigo que nazca por sí mismo, ni podaréis los viñedos ni recogeréis sus uvas,
12. porque será un año santo y de liberación para vosotros. Comeréis solo lo que la tierra produzca por sí misma.
13. “En ese año de liberación, todos volveréis a tomar posesión de vuestras tierras.
14. Si alguien vende o compra a otra persona algún terreno, no trate de aprovecharse de ella;
15. el que compra, debe pagar según el tiempo transcurrido desde el año de liberación; y el que vende, debe cobrar según los años de cosecha que aún falten:
16. cuantos más años de cosecha falten, más alto será el precio; si quedan pocos años, el precio será más bajo, pues lo que se vende es el número de cosechas.